La DGT considerará a los patinetes algo así como "motos" a partir del 2 de enero: tendrán que tener matrícula y seguro
La cuenta atrás para el uso libre —y en muchos casos caótico— de los patinetes eléctricos en España ya ha comenzado. A partir del 2 de enero de 2026, estos vehículos dejarán de poder circular sin identificar, sin registrar y sin asegurar, poniendo fin a un periodo de varios años en el que los VMP se movían por calles y carriles bici como auténticos vehículos sin control administrativo.
El cambio no será menor. Desde esa fecha, circular al margen de estos requisitos será ilegal, con sanciones económicas y obligaciones que afectarán tanto a los usuarios actuales como a quienes adquieran un patinete en el futuro.
Qué cambia con la nueva regulación
El nuevo marco legal incorpora de forma plena a los patinetes eléctricos dentro de la categoría oficial de vehículos personales ligeros, bajo supervisión directa de la DGT. Ya no será suficiente con que el vehículo cumpla requisitos técnicos: ahora deberá constar en un registro oficial, tener un número identificativo visible —equivalente funcional a una matrícula— y disponer de su certificado de circulación.
Como explica José Carlos Cutiño, delegado de OCU en Andalucía, la filosofía de la norma es clara:
“Garantiza sobre todo la seguridad de los viandantes.”
Pero Cutiño también advierte del aspecto clave del proceso:
“Si no se ha procedido a la inscripción será imposible asegurarlo, con lo cual la circulación sería ilegal.”
Es decir: primero se registra, después se asegura. Sin registro no habrá póliza válida.
El seguro pasa a ser obligatorio
Otro de los pilares de la norma es la implantación obligatoria del seguro de responsabilidad civil, una medida que hasta ahora no era exigida de forma homogénea.
Las pólizas deberán cubrir:
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Daños personales
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Daños materiales
… siempre con los mínimos fijados por la ley.
Cutiño lo resume con contundencia:
“Sin ese seguro, el patinete no podrá circular y quedará expuesto a sanciones.”
Qué ocurre si no se cumplen los requisitos
Circular sin registro, sin identificación visible o sin seguro comportará:
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Multa económica
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Prohibición inmediata de uso en vías públicas
Y, además, si se produjera un accidente, el propietario deberá asumir todas las indemnizaciones, sin ningún tipo de cobertura que lo respalde. Una situación que, hasta ahora, quedaba muchas veces en un limbo administrativo.
Los trámites obligatorios: tres pasos clave
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Inscripción del patinete en el registro de la DGT
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Obtención del número identificativo visible
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Contratación del seguro obligatorio de responsabilidad civil
Quienes ya dispongan de una póliza deberán verificar que cumple los nuevos mínimos, porque de lo contrario dejará de ser válida el 2 de enero de 2026.
Por qué llega ahora la normativa
España consolida así un marco legal que llevaba años pendiente. Las razones principales son dos:
1. Aumento del uso masivo y de incidentes
El crecimiento explosivo de los patinetes en las ciudades y el incremento de conflictos con peatones, accidentes y daños materiales han impulsado este endurecimiento normativo.
2. Adaptación a Europa
La regulación también responde a la Directiva (UE) 2021/2118, que amplía la obligación de disponer de seguro de responsabilidad civil para vehículos como los VMP.