Un inconsciente afronta seis meses de cárcel y una multa "salvaje" por ir con su naked a 213 km/h (y en pantalón corto)

El riesgo al límite en la C-17 vuelve a ser noticia. Esta vez, los Mossos d'Esquadra han denunciado penalmente a un motorista que circulaba a 213 km/h en un tramo limitado a 100. Los hechos ocurrieron en Malla, en la comarca de Osona (Barcelona), y no solo destaca la velocidad excesiva, sino también la indumentaria del conductor: camiseta y pantalón corto.
Además del evidente desprecio por la normativa, el conductor se enfrenta ahora a una denuncia penal por un presunto delito contra la seguridad vial, al haber duplicado la velocidad máxima permitida en una vía interurbana. En España, superar en más de 80 km/h el límite legal en este tipo de carreteras está tipificado como delito, y puede acarrear penas de prisión de hasta 6 meses, multas económicas importantes y retirada del carné de conducir por más de un año, según el artículo 379 del Código Penal.
La C-17, una vía marcada por los excesos de velocidad
Este nuevo caso no es aislado. La carretera C-17 se ha convertido en un punto caliente para los excesos de velocidad. En los últimos dos años, los Mossos han denunciado casos similares, todos en esta misma vía:
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2022: dos vehículos circulaban por Malla a 205 y 211 km/h, respectivamente.
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Ese mismo año, otro conductor fue detectado a 215 km/h en dirección Ripoll.
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2023: un coche fue cazado a 235 km/h en Les Masies de Voltregà.
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También el año pasado, un motorista fue interceptado a 178 km/h en un tramo limitado a 80 en La Garriga.
Estos registros evidencian un patrón preocupante y reafirman la necesidad de más vigilancia y campañas de concienciación sobre la seguridad vial en esta carretera, que conecta zonas de alta densidad de tráfico y uso tanto particular como comercial.
Un comportamiento sin excusas
Circular a tal velocidad y sin equipamiento de protección adecuado no es solo una irresponsabilidad penal, sino también una temeridad personal. A más de 200 km/h, una caída conlleva consecuencias prácticamente irreversibles, y hacerlo con piel expuesta multiplica el riesgo de lesiones graves.
El conductor tendrá ahora que responder ante la justicia, y se enfrenta a una posible condena de prisión, además de la retirada del permiso de conducir y sanciones económicas.
¿Qué multa le puede caer al motorista que circulaba a 213 km/h por la C-17?
El conductor denunciado por los Mossos d'Esquadra se enfrenta a un serio problema legal. Circular a 213 km/h en una vía limitada a 100 km/h no es una infracción administrativa cualquiera: es un delito penal contra la seguridad vial, recogido en el artículo 379.1 del Código Penal español.
Este artículo establece que:
“El que condujere un vehículo de motor o un ciclomotor a una velocidad superior en 60 km/h en vía urbana o en 80 km/h en vía interurbana a la permitida reglamentariamente, será castigado con pena de prisión de tres a seis meses, o con la de multa de seis a doce meses, o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, con la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.”
¿Qué le puede caer concretamente?
Aunque la decisión final depende del juez y del atestado que presenten los Mossos, lo habitual en estos casos suele ser:
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Pérdida del permiso de conducir durante al menos 1 año (y podría llegar a 4 años).
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Multa económica de entre 1.800 y 7.200 euros, dependiendo de los ingresos del conductor.
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Posibilidad de trabajos en beneficio de la comunidad (de 1 a 3 meses) o prisión de hasta 6 meses, aunque esta última se aplica en casos especialmente graves o reincidentes.
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Y en el plano administrativo: pérdida de 6 puntos del carné de conducir por parte de la DGT.
Además, el juez puede agravar la pena por circular sin el equipamiento adecuado (camiseta y pantalón corto), lo que aunque no es delito, puede influir negativamente en la valoración del riesgo asumido y la imprudencia mostrada.
En resumen, este motorista no solo se expuso a sí mismo y a los demás, sino que ahora también se expone a perder el carné, pagar una fuerte sanción económica y, si el juez lo considera, incluso a pisar el banquillo por vía penal. Un ejemplo claro de que ir “rápido y fresco” por carretera puede salir muy, muy caro.