Se cae sacandose el carnet de moto con una Honda CBF 250 y la indemnizan con 77.000 euros
Una alumna que estaba aprendiendo a conducir una motocicleta perdió el equilibrio durante una práctica de arranque y parada y terminó en el suelo con una Honda CBF 250 de unos 150 kilos encima. El caso llegó hasta el Tribunal Supremo, que confirmó una indemnización de 76.865,69 euros más intereses y dejó una reflexión importante: cuando se enseña a un alumno inexperto a llevar una moto, la autoescuela y el profesor tienen que extremar la diligencia.
Aprender a conducir una moto implica inevitablemente cierto riesgo.
Precisamente por eso acudimos a una autoescuela.
Y precisamente por eso el Tribunal Supremo considera que el profesor no puede exigir a un alumno que está dando sus primeras clases el mismo nivel de reacción y automatismos que a un motorista experimentado.
Un caso ocurrido en Madrid terminó convirtiéndose en un buen ejemplo.
Una alumna sufrió una caída durante una clase práctica de motocicleta y acabó consiguiendo una indemnización de 76.865,69 euros más intereses después de que el asunto recorriera varias instancias judiciales.
Todo ocurrió durante una sencilla maniobra de arranque y parada
Los hechos tuvieron lugar el 4 de noviembre de 2013.
La alumna se encontraba realizando prácticas para obtener el permiso de conducción de motocicletas.
La moto utilizada era una Honda CBF 250, con un peso aproximado de 150 kilos.
La práctica consistía en una maniobra básica:
arrancar, avanzar y detener la motocicleta.
Al llegar el momento de parar, la alumna cometió un error aparentemente sencillo pero fundamental.
No sacó los pies de los estribos para apoyarlos en el suelo.
El resultado fue inmediato.
Perdió el equilibrio y cayó con la motocicleta encima.
El profesor estaba cerca, pero no pudo sujetar la moto
La práctica se realizaba bajo la supervisión de un profesor.
Según recoge la sentencia, durante las primeras fases del aprendizaje el instructor puede correr junto a la moto, sujetando al alumno o agarrando el vehículo mientras proporciona indicaciones.
En el momento concreto de la caída el profesor se encontraba cerca, pero no consiguió sostener el peso conjunto de la alumna y la motocicleta.
El Supremo no reprochó al instructor que físicamente no pudiera evitar la caída.
El problema jurídico era otro:
¿había hecho la autoescuela todo lo exigible teniendo en cuenta que se trataba de una alumna inexperta?
La alumna reclamó más de 96.000 euros
Después del accidente, la afectada reclamó a la aseguradora de la autoescuela una indemnización de 96.082,12 euros por los daños y perjuicios sufridos.
Pero en primera instancia perdió.
El Juzgado de Primera Instancia número 33 de Madrid desestimó inicialmente su demanda e incluso la condenó al pago de las costas.
La alumna recurrió.
Y la situación cambió completamente.
La Audiencia Provincial de Madrid revocó aquella sentencia y estimó parcialmente su reclamación, condenando a la aseguradora a pagar 76.865,69 euros más los correspondientes intereses.
La indemnización quedó reducida al 80%
La Audiencia Provincial consideró que la propia alumna también había contribuido parcialmente al accidente.
La razón era evidente: al detener la motocicleta no sacó los pies de los estribos y no los apoyó en el suelo para mantener el equilibrio.
Por eso estimó la reclamación aproximadamente en un 80%.
La alumna aceptó esa reducción y no la recurrió, de manera que ese porcentaje terminó quedando firme.
El Supremo posteriormente señaló incluso cierta incoherencia jurídica en esta reducción si la cobertura debía considerarse un verdadero seguro de accidentes, pero al no haber sido recurrida por la alumna, no modificó la cantidad.
La aseguradora recurrió hasta el Tribunal Supremo
La compañía de seguros no estaba de acuerdo.
Argumentaba, entre otras cuestiones, que el accidente había sido provocado por la propia impericia de la alumna y que no podía atribuirse una conducta negligente a la autoescuela.
El asunto terminó llegando a la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, que resolvió el recurso mediante la sentencia 701/2021, de 18 de octubre.
El Supremo desestimó el recurso de la aseguradora y confirmó la indemnización fijada previamente por la Audiencia Provincial.
El Supremo lanza un mensaje muy claro a las autoescuelas
Probablemente la parte más interesante de la sentencia es el razonamiento utilizado sobre la enseñanza.
El Alto Tribunal reconoce que aprender a conducir una motocicleta supone cierto riesgo.
Pero precisamente la falta de experiencia del alumno obliga al profesor y a la autoescuela a desplegar una diligencia reforzada.
No basta necesariamente con explicar una vez que al detener una moto hay que sacar los pies.
Un alumno que está empezando debe estar pendiente simultáneamente de:
- El embrague.
- El acelerador.
- Los frenos.
- Las marchas.
- El equilibrio.
- Las indicaciones del profesor.
Lo que para un motorista experimentado es un movimiento absolutamente automático puede no serlo todavía para una persona que apenas lleva unas clases.
Había realizado solamente tres clases prácticas
Este detalle también resulta relevante.
La Audiencia Provincial señaló que la alumna había realizado tres clases prácticas de maniobras, frente a las aproximadamente ocho o diez que se consideraban necesarias antes de enfrentarse al examen.
Es decir, estaba todavía en una fase muy inicial de aprendizaje.
El Supremo considera perfectamente previsible que un principiante todavía no haya interiorizado ciertos movimientos fundamentales.
Por eso entiende que, hasta que el alumno tenga suficiente soltura, el profesor debe permanecer suficientemente cerca y reiterar las instrucciones justo en el momento en el que deben ejecutarse.
No fue una conducta temeraria de la alumna
La aseguradora trató de atribuir el accidente a la propia actuación de la alumna.
Pero el Supremo hizo una distinción importante.
La mujer no estaba intentando hacer una maniobra temeraria, ni conducía de manera especialmente arriesgada, ni había decidido actuar fuera de las instrucciones del profesor.
Simplemente cometió un error típico de alguien que está aprendiendo a conducir una moto.
Al detenerse, olvidó colocar los pies en el suelo.
Para el Supremo, esa falta de pericia es precisamente una de las circunstancias que una autoescuela debe prever durante las primeras clases.
El seguro de una moto de autoescuela tiene además una particularidad
El caso planteaba también una cuestión interesante relacionada con los seguros.
Cuando alguien aprende a conducir un coche equipado con doble mando, legalmente el conductor es el profesor que controla esos mandos adicionales.
Por tanto, el alumno ocupa una posición diferente a efectos del seguro obligatorio.
En una motocicleta la situación es distinta.
No existe un segundo manillar ni unos frenos que pueda controlar el profesor desde fuera.
Es el alumno quien físicamente dirige el vehículo.
Por eso el propio Tribunal Supremo reconoció que resulta discutible que el seguro obligatorio cubra automáticamente las lesiones sufridas por un alumno que conduce una motocicleta durante las prácticas.
La autoescuela había contratado una cobertura adicional
Precisamente para cubrir este tipo de situaciones, la autoescuela tenía contratada una cobertura adicional dentro de la póliza de la motocicleta.
Esta incluía los daños sufridos por los alumnos durante prácticas y pruebas de aptitud.
La Audiencia Provincial interpretó esa cobertura como un seguro de accidentes y consideró que permitía indemnizar a la alumna.
El Supremo mantuvo finalmente esa interpretación porque la aseguradora no consiguió derribarla mediante su recurso.
Casi ocho años después, el Supremo confirmó la indemnización
El accidente ocurrió en 2013.
La sentencia del Tribunal Supremo llegó en 2021.
Casi ocho años de procedimiento judicial para resolver una caída ocurrida durante una maniobra aparentemente tan sencilla como aprender a detener una motocicleta.
El resultado final fue una indemnización de:
76.865,69 euros más intereses.
Pero probablemente lo más relevante del caso va mucho más allá de esa cifra.
La sentencia recuerda algo que cualquier profesor de conducción debería tener presente:
un alumno acude a una autoescuela precisamente porque todavía no sabe conducir.
Y los errores que para un motorista experimentado pueden parecer incomprensibles forman parte inevitablemente del proceso de aprendizaje.
Por eso el Supremo exige a las autoescuelas una diligencia reforzada cuando ponen una motocicleta de 150 kilos en manos de alguien que todavía está aprendiendo dónde poner los pies cuando se detiene.