La DGT toma una medida que te da más libertad para lo que hagas con la matrícula de tu moto

La Dirección General de Tráfico (DGT) ha aprobado una modificación normativa que afecta directamente a la forma en que se instalan las matrículas en vehículos ligeros, como motocicletas, ciclomotores, triciclos y cuatriciclos. Hasta ahora, colocar la placa en un lugar diferente al establecido podía derivar en sanciones. Pero con la nueva Orden PJC/780/2025, publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE), eso ha cambiado.
A partir de ahora, la normativa otorga mayor flexibilidad en la ubicación de la matrícula, siempre y cuando se garantice su visibilidad y legibilidad en todo momento. Esta medida supone un giro importante en la regulación, ya que elimina las restricciones anteriores, que obligaban a colocar la placa en una posición fija en la parte trasera del vehículo.
¿Qué cambia exactamente?
La nueva normativa establece lo siguiente:
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Los vehículos ligeros deberán llevar una única matrícula trasera, colocada en posición vertical o casi vertical.
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Ya no es obligatorio instalarla en un lugar específico, lo que permite a los usuarios adaptar su colocación a la estructura o estética del vehículo.
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En el caso de los cuatriciclos, se permite ahora de forma opcional la instalación de una matrícula delantera, algo que no estaba contemplado anteriormente.
Este cambio responde a una necesidad creciente de flexibilidad técnica y visual, especialmente en modelos modernos de motocicletas donde la ubicación tradicional de la matrícula puede interferir con diseños aerodinámicos, portaequipajes o sistemas de iluminación.
¿Qué no cambia?
La obligación de que la matrícula sea claramente visible y legible en todo momento sigue vigente. No se permite:
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Ocultarla parcial o totalmente.
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Colocarla en un ángulo que impida su correcta lectura.
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Integrarla de forma que quede tapada por elementos móviles, accesorios o el propio cuerpo del conductor o pasajero.
En otras palabras, el cambio da margen a una colocación más libre, pero no autoriza improvisaciones que dificulten la identificación del vehículo.
¿Qué deben tener en cuenta los motoristas?
Para los propietarios de motos y ciclomotores, esta nueva regulación ofrece la posibilidad de:
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Reubicar la matrícula de forma legal, evitando multas siempre que se respete la norma.
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Adaptar el diseño de su vehículo sin renunciar a la legalidad.
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Mejorar la integración estética de la matrícula en motocicletas personalizadas o de corte deportivo.
No obstante, la DGT recomienda consultar el texto completo de la Orden PJC/780/2025, especialmente si se planea una modificación. La Ley de Seguridad Vial sigue siendo el marco general, y cualquier interpretación errónea podría suponer sanciones económicas.
Más estética, misma seguridad
Este cambio normativo es un paso hacia una mayor armonía entre funcionalidad, seguridad y diseño, un terreno en el que las motos suelen tener necesidades específicas que hasta ahora no se contemplaban del todo.
La DGT parece abrir la puerta a una regulación más adaptada a la realidad del parque móvil actual, donde los vehículos ligeros ganan peso como alternativa urbana y recreativa, pero también demandan más libertad sin perder de vista lo esencial: la seguridad y la correcta identificación en carretera.