El Gobierno quiere endurecer la velocidad: circular a 191 km/h por autopista podría pasar de multa a delito
En España existen dos mundos completamente diferentes cuando hablamos de excesos de velocidad.
En el primero está la conocida multa del radar: dinero y, dependiendo de cuánto hayamos superado el límite, pérdida de puntos.
Pero existe una segunda barrera.
Cuando el exceso alcanza determinadas velocidades ya no estamos hablando únicamente de recibir una carta de la DGT.
Estamos hablando del Código Penal.
Y precisamente esa barrera es la que el Congreso está estudiando rebajar.
Actualmente, el artículo 379.1 establece que constituye delito conducir a una velocidad superior en más de 60 km/h al límite establecido en una vía urbana o más de 80 km/h en una vía interurbana.
Por ejemplo, en una autopista limitada a 120 km/h, actualmente hay que superar los 200 km/h para entrar en el terreno penal.
Eso podría cambiar.
De más de 200 a más de 190 km/h en una autopista
El Grupo Parlamentario Socialista presentó el pasado 17 de febrero de 2026 una proposición de ley orgánica para modificar el artículo 379.1 del Código Penal.
Su planteamiento inicial consiste en reducir los márgenes que convierten un exceso de velocidad en delito:
- En vías urbanas, pasar de superar el límite en más de 60 km/h a más de 50 km/h.
- En vías interurbanas, pasar de más de 80 km/h a más de 70 km/h.
Traducido a situaciones que cualquier conductor entiende, en una autopista limitada a 120 km/h la barrera penal pasaría de más de 200 km/h a más de 190 km/h.
En una carretera convencional limitada a 90 km/h, podría pasar de más de 170 km/h a más de 160 km/h.
Y en una calle limitada a 50 km/h, actualmente el delito aparece por encima de los 110 km/h; con la propuesta original, aparecería por encima de los 100 km/h.
Pero hay propuestas para endurecerlo todavía más
El asunto puede ir incluso más lejos.
Durante la tramitación parlamentaria, Junts per Catalunya presentó una enmienda que propone reducir todavía más esos márgenes: 40 km/h en vías urbanas y 60 km/h en vías interurbanas.
Si finalmente prosperase esta versión, las cifras cambiarían considerablemente.
En una autopista limitada a 120 km/h, superar los 180 km/h podría entrar en el ámbito penal.
Y en una calle limitada a 50 km/h, el delito podría aparecer al superar los 90 km/h.
Pero es fundamental dejar claro que esto todavía está en tramitación.
A fecha de agosto de 2026, la iniciativa continúa en la Comisión de Interior del Congreso y no constituye todavía la norma vigente. La proposición fue tomada en consideración el 24 de marzo por 176 votos a favor, 33 en contra y 138 abstenciones.
No: superar 120 km/h no te convierte automáticamente en delincuente
Aquí conviene aclarar algo porque algunos titulares pueden generar una impresión equivocada.
Circular a más de 120 km/h por una autopista no se convertiría automáticamente en delito.
Si la vía está limitada a 120 km/h, circular a 121, 130 o 150 km/h continuaría dentro del ámbito administrativo, aunque pueda existir una sanción.
La propia tabla de la DGT establece actualmente que, en una vía limitada a 120 km/h, circular entre 121 y 150 km/h supone 100 euros sin pérdida de puntos. A partir de ahí las sanciones van aumentando hasta alcanzar los 600 euros y seis puntos para los excesos más graves.
La reforma que se está tramitando afecta a algo distinto: el momento en el que un exceso especialmente elevado deja de tramitarse únicamente como infracción administrativa y puede terminar ante un juez.
Pasar al Código Penal cambia completamente las consecuencias
La diferencia no es pequeña.
El artículo 379 contempla para este delito una pena de prisión de tres a seis meses, o multa de seis a doce meses, o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días.
Además, en cualquiera de esos casos se establece la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores durante más de un año y hasta cuatro años.
Es decir, ya no hablamos simplemente de pagar una multa administrativa y perder puntos.
Estamos ante un procedimiento penal.
Y una eventual condena puede generar antecedentes penales, aunque posteriormente puedan cancelarse cuando se cumplan los requisitos establecidos por la legislación.
¿Por qué quieren cambiarlo?
La proposición socialista sostiene que los actuales límites penales tienen prácticamente 20 años de antigüedad y considera que necesitan ser actualizados.
El texto recuerda que la DGT tramita anualmente alrededor de 3,5 millones de denuncias por exceso de velocidad y aproximadamente 450.000 sanciones con pérdida de puntos están relacionadas con este motivo.
También cita que en 2024 la velocidad excesiva o inadecuada estuvo presente en el 22% de los siniestros mortales.
La propia DGT mantiene actualmente una intensa vigilancia sobre este comportamiento. En su campaña de agosto de 2026 recordó que la velocidad puede suponer sanciones de entre 100 y 600 euros y hasta seis puntos, además de convertirse en delito cuando se rebasan los actuales márgenes penales.
Incluso las multas administrativas podrían endurecerse
La reforma parlamentaria no se limita necesariamente al Código Penal.
El Grupo Socialista ha presentado también una enmienda para modificar el cuadro de sanciones y puntos por exceso de velocidad.
Una de las modificaciones más importantes consistiría en eliminar el actual escalón de 500 euros y seis puntos, haciendo que determinados excesos pasen directamente a considerarse muy graves, con 600 euros y seis puntos.
Por tanto, el endurecimiento se está planteando por dos vías.
Por un lado, adelantar el momento en el que aparece el delito.
Por otro, modificar la respuesta administrativa para algunos de los excesos más importantes.
Todavía no está aprobado
Y esta es probablemente la parte más importante para cualquier conductor.
Hoy las reglas no han cambiado.
En una vía interurbana continúa siendo delito superar en más de 80 km/h la velocidad permitida, mientras que en una urbana el margen continúa siendo de más de 60 km/h.
Lo que existe es una reforma del Código Penal en tramitación parlamentaria, presentada por el Grupo Socialista y susceptible todavía de sufrir modificaciones antes de aprobarse definitivamente.
Pero la dirección del cambio está bastante clara.
El debate político ya no gira alrededor de subir el límite de 120 km/h de las autopistas.
Gira precisamente en la dirección contraria: hacer que determinados excesos de velocidad lleguen antes al Código Penal.
Y si finalmente sale adelante el texto original, donde hoy hace falta superar los 200 km/h en una autopista limitada a 120 para entrar en terreno penal, en el futuro podría bastar con superar los 190 km/h.
Si prospera la enmienda más dura presentada durante la tramitación, la barrera podría bajar incluso hasta más de 180 km/h.
Y ahí la diferencia ya no sería una multa más cara.
Sería acabar delante de un juez.