Esta es la multa de 500 euros que la policía está clavando a los que tienen el carnet A2: "Es por el tubo"
En las últimas semanas está empezando a circular una preocupación muy seria entre los motoristas, especialmente entre quienes conducen con carnet A2. No se trata de un rumor ni de un caso aislado: ya se están imponiendo multas de hasta 500 euros por una interpretación concreta de la normativa relacionada con la potencia de la moto y los escapes no originales. Lo ha contado @rekadista.
Y lo más inquietante es que muchos de los afectados estaban convencidos de que lo tenían todo legal.
El punto de partida: el carnet A2 y el límite de potencia
El carnet A2 habilita para conducir motocicletas de hasta 35 kW (47 CV), ya sea porque la moto nace de fábrica con esa potencia o porque está limitada legalmente. Hasta aquí, todo claro.
Muchos motoristas cumplen estrictamente esta norma: moto limitada, documentación en regla y potencia dentro de lo permitido.
El problema empieza cuando entra en juego un elemento muy habitual: el escape no original.
El escape, el detonante de la sanción
Según varios testimonios recientes, la Guardia Civil y otros cuerpos de tráfico están parando a motoristas con carnet A2, revisan la documentación y, tras comprobar que la moto está limitada a 47 CV, centran su atención en el tubo de escape.
Si el escape no es el original de fábrica, aunque esté homologado, algunos agentes están interpretando que ese componente podría aumentar la potencia del motor. Y aquí aparece la clave del conflicto.
La interpretación que se está aplicando en algunos casos es la siguiente:
si la moto lleva un escape no original, existe la posibilidad de que supere los 47 CV, y por tanto el carnet A2 no habilitaría legalmente para conducirla.
Resultado: boletín de denuncia y multa de 500 euros.
¿Aunque la moto esté limitada y documentada?
Sí. Ese es el punto más polémico.
Hay casos en los que el motorista presenta:
-
Carnet A2 en vigor
-
Moto limitada legalmente a 47 CV
-
Documentación correcta
-
Escape homologado para uso en vía pública
Aun así, algunos agentes consideran que la mera posibilidad de aumento de potencia invalida la habilitación del carnet, independientemente de que no se haya demostrado técnicamente que la moto supere el límite legal.
Una interpretación que está generando indignación
Este criterio está provocando un enorme malestar en el colectivo motero. La sensación general es clara: se está sancionando una suposición, no un hecho probado.
Muchos motoristas se preguntan cómo es posible que una modificación homologada, permitida en ITV y legal para circular, pueda convertirse en motivo de sanción por potencia sin una medición real ni una prueba objetiva.
Además, se abre una pregunta lógica:
si el escape está homologado y la moto figura oficialmente limitada, ¿por qué se presume que incumple la potencia máxima permitida?
El riesgo real para los motoristas A2
La conclusión es inquietante:
si conduces con carnet A2 y tu moto lleva un escape no original, aunque sea legal y esté homologado, podrías exponerte a una multa de 500 euros, dependiendo del criterio del agente que te detenga.
No estamos hablando de teoría, sino de sanciones reales ya impuestas, según denuncias de afectados y casos conocidos en el entorno motero.
Un aviso claro para el colectivo
Este escenario obliga a muchos motoristas a replantearse algo que hasta ahora parecía seguro:
modificar el escape en una moto limitada puede convertirse en un problema serio, aunque todo esté “en regla” sobre el papel.
Hasta que exista una aclaración oficial o una unificación de criterios, el mensaje es claro: precaución máxima. Porque hoy, lo que creías completamente legal, puede costarte 500 euros mañana.
Y la gran pregunta queda en el aire:
¿se puede sancionar a un motorista por lo que su moto podría hacer y no por lo que realmente hace?