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La DGT obligará a los patinetes eléctricos a registrarse y a tener un seguro

Patinete eléctrico

La creciente siniestralidad de los patinetes eléctricos en las ciudades españolas ha acelerado una reforma de la Ley del Seguro que cambiará por completo la forma de circular con estos vehículos. A partir del 26 de enero de 2026, los propietarios de vehículos de movilidad personal (VMP) estarán obligados a contratar un seguro de responsabilidad civil y a inscribir su patinete en un registro público gestionado por la Dirección General de Tráfico (DGT).

Esta medida busca equiparar los VMP a los ciclomotores y vehículos a motor, garantizando que en caso de accidente exista cobertura para los daños a terceros, algo que hasta ahora no ocurría.


Un registro nacional en marcha contrarreloj

La DGT trabaja a contrarreloj para tener operativo el registro de patinetes eléctricos antes del 2 de enero de 2026, lo que permitirá a los usuarios inscribir sus vehículos antes de que entre en vigor la obligación legal el 26 de enero.

Según fuentes de la DGT citadas por EL MOTOR,

“Serán los compradores quienes tengan que inscribir el VMP, y no los vendedores, y estamos trabajando para que pueda realizarse de la manera más sencilla posible”.

En España se estima que circulan unos cinco millones de patinetes eléctricos, y todos deberán contar con su certificado de circulación, etiqueta identificativa y seguro obligatorio para poder circular de forma legal a partir de esa fecha.


Qué cubre el nuevo seguro obligatorio

La reforma, en vigor desde el 26 de julio de 2025, establece que los patinetes eléctricos deben contar con una póliza de responsabilidad civil que cubra los daños materiales y personales que su conductor pueda causar a terceros.

Hasta que la norma entre completamente en vigor, el Consorcio de Compensación de Seguros se hará cargo de indemnizar a las víctimas de accidentes en los que esté implicado un VMP sin seguro, garantizando así la protección de los perjudicados durante el periodo transitorio.


Qué vehículos estarán afectados

La ley introduce el nuevo concepto de “vehículo personal ligero”, que abarca a los patinetes eléctricos, monociclos, hoverboards y similares. Según la norma:

  • Deben ser vehículos de una sola plaza, con una o más ruedas y motorización eléctrica.

  • Su velocidad máxima de fabricación debe estar entre 6 y 25 km/h si pesan menos de 25 kilos.

  • Si superan los 25 kilos, la velocidad máxima será de entre 6 y 14 km/h.

  • Solo podrán incorporar asiento o sillín si cuentan con un sistema de autoequilibrado.


Certificado y etiqueta identificativa

Además del seguro, los usuarios deberán tramitar un certificado de circulación y llevar una etiqueta visible en el patinete con el número de inscripción asignado por la DGT.

Estos requisitos no serán exigibles hasta el 26 de enero de 2026, pero los patinetes que no estén registrados ni asegurados no podrán circular legalmente a partir de esa fecha.


El contexto: una siniestralidad preocupante

La reforma llega tras un aumento constante de los accidentes con patinetes eléctricos en toda España.
Según datos de la DGT, solo en 2023 fallecieron 10 usuarios de VMP, 341 resultaron heridos graves y más de 5.300 sufrieron lesiones leves.

Además, uno de cada seis accidentes con patinetes implicó el atropello de un peatón, lo que ha generado un clima de desconfianza hacia estos vehículos: prohibidos en el transporte público de Madrid y Barcelona por el riesgo de explosión de baterías, y cada vez más restringidos en zonas peatonales.


Hacia una flota más segura: patinetes homologados en 2027

La nueva legislación también endurece los requisitos técnicos de los VMP. A partir del 22 de enero de 2027, solo podrán circular los patinetes eléctricos homologados conforme al manual técnico aprobado por la DGT en 2022, que establece normas de seguridad más exigentes.

Características obligatorias de los patinetes homologados:

  • Velocidad máxima limitada a 25 km/h.

  • Sistemas antimanipulación para evitar trucajes de potencia o velocidad.

  • Indicadores de velocidad y nivel de batería.

  • Dos frenos independientes con una desaceleración mínima de 3,5 m/s².

  • Freno de estacionamiento para patinetes con más de dos ruedas.

  • Catadióptricos (frontal blanco, laterales amarillos y trasero rojo).

  • Luz de freno y avisador acústico obligatorio.

  • Ruedas rugosas con diámetro mínimo de 203,2 mm.

  • Sistema de plegado seguro, con doble mecanismo de cierre.


Un cambio histórico en la movilidad urbana

Esta nueva normativa supone un antes y un después en la regulación de los patinetes eléctricos en España. A partir de 2026, quienes deseen utilizarlos deberán asumir las mismas responsabilidades que un conductor de ciclomotor: seguro, registro e identificación visible.

El objetivo de la DGT y del Gobierno es mejorar la seguridad vial y reducir los accidentes en un contexto donde los patinetes se han convertido en una pieza clave —y conflictiva— de la movilidad urbana moderna.